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                                                                                                                                       UNIDAD DE GOBIERNO

 

                                                                                                                                                                                             AVISO INSTITUCIONAL

 

NO APOSTILLAMOS DOCUMENTOS ESTATALES O MUNICIPALES (incluyendo los expedidos por el Gobierno de la Ciudad de México) COMO ACTAS DE NACIMIENTO, actas de divorcio, actas de matrimonio, actas de defunción, actas de soltería, constancias de no antecedentes penales estatales, documentos expedidos por notarios públicos, entre otros.

 


 

Queda estrictamente prohibido, por su seguridad, el ingreso a menores de edad al trámite de apostilla de documentos y legalización de firmas.


Es importante que antes de realizar tu trámite de apostilla o legalización consultes la siguiente liga: http:// dicoppu.segob.gob.mx/es/DICOPPU/Guia_para_realizar_tu_tramite .

 


Para más información respecto de los trámites puedes consultar los diferentes apartados de esta página Web, marcar al teléfono 55 5093 3226 o bien enviar correo electrónico (sólo elegir una sola dirección) a ceflores@segob.gob.mx y egalindoh@segob.gob.mx con el documento digitalizado (PDF) a tramitar por ambos lados y legible; la información proporcionada por este medio es únicamente de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 hrs.

 


1. Los trámites de apostilla de documentos y legalización de firmas (de 1 a 5 documentos ) se entregarán el mismo día hábil, siempre que el trámite sea de forma presencial, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 13:00 hrs.

 

2. Si ingresas de 6 a 50 documentos para trámite de apostilla de documentos o legalización de firmas, deberás hacerlo antes de las 10:00 horas y se te entregarán al día hábil siguiente.

 

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Trámites de Apostilla, Legalización y Certificación: DICOPPU

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Apostilla

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El trámite de Apostilla de Documentos, consiste en la certificación de las firmas de los Servidores Públicos facultados para hacer constar la validez y legitimidad de los Documentos Públicos emitidos en el territorio Mexicano, siempre que el trámite se relacione con países que hayan adoptado la Convención por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (Convención de la Haya).

Con fundamento en lo establecido por los artículos 27, fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 12, fracciones XVII y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación y por el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales del Procedimiento de Apostilla de Documentos y Legalización de Firmas, la Dirección de Coordinación Política con los Poderes de la Unión adscrita a la Unidad de Gobierno, es la encargada de realizar el procedimiento de Apostilla Documentos Públicos emitidos por Autoridades Federales, por Instituciones Educativas Públicas Federales e Instituciones Privadas Incorporadas la Secretaría de Educación Pública, entre otras.

En caso de que el documento que desea Apostillar hubiera sido emitido por una Autoridad Estatal, deberá realizar su trámite de Apostilla en la Entidad Federativa correspondiente.
 

Última modificación:
Jan 8, 2020 9:52:27 AM
 
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