El trámite de Legalización de Firmas, consiste en certificar las Firmas de los Servidores Públicos Federales y Estatales, facultados para hacer constar la validez y legitimidad de los Documentos Públicos de origen nacional en el territorio Mexicano, siempre que el trámite se relacione con países que no hayan adoptado la Convención por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (Convención de la Haya).
Con fundamento en lo establecido por los artículos 27, fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 12, fracciones XVII y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación y por el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales del Procedimiento de Apostilla de Documentos y Legalización de Firmas, la Dirección de Coordinación Política con los Poderes de la Unión adscrita a la Unidad de Gobierno, es la encargada de realizar el procedimiento de Legalización de Documentos Públicos emitidos por Autoridades Federales y Estatales, por Instituciones Educativas Públicas Federales, así como por Instituciones Privadas Incorporadas la Secretaría de Educación Pública Federal, entre otras.
En caso de que el Documento Público que desea legalizar hubiera sido emitido por una Autoridad Estatal, deberá realizar el trámite de Legalización ante el Gobierno del Estado correspondiente, una vez realizado este, podrá ser legalizado por esta Dirección.